Este Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: El delito de porte ilícito de arma de fuego contempla una pena de Tres (3) Cinco (5) años de prisión, lo cual nos da una máxima de Ocho (8) años de prisión, aplicando el articulo 37 del Código Penal nos resulta una media de Cuatro0 (4) años de prisión, y por admitir los hechos en esta sala de audiencia el tribunal le rebaja la pena a la mitad, quedando en definitiva la pena aplicable en DOS AÑOS DE PRISION, de Prisión. SEGUNDO: Se condena al acusado EDUARDO LUIS COELLO CHIRINOS, cedula de identidad: 21.114.505, venezolano, estado civil: soltero, mayor de edad, fecha de nacimiento: 02 de junio de 1988, nombre de sus padres: Edgar Rafael Coello y Reina Chirinos, domiciliado en el parcelamiento cruz verde, calle Antonio Maseu, casa numero 3, Coro Estado fa.....