DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se deja sin efecto el auto de fecha 10 de mayo de 2011, que suspendió el curso de la presente causa; SEGUNDO: SE REANUDA LA PRESENTE CAUSA de REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE, seguida por el Ciudadano HECTOR GARCIA FLORES, contra las Ciudadanas CARMEN MARIA LUGO DE GARCIA, ROSANA DEL CARMEN GUANIPA MORALES Y TISBETH DEL VALLE GARCIA LUGO, todos identificados en autos, conforme a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra El Desalojo y La Desocupación Arbitraria de Viviendas y la interpretación que de éste realizó La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia el 1º de noviembre de 2011, con ponencia conjunta; TERCERO: SE ADVIERTE a las partes que la causa se reanudará, en el mismo estado que en se encontraba para el momento de la suspensión, esto es, evacuación de pruebas el.....