ste Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano: YAN CARLOS LUGO SALAS venezolano, mayor de edad, de 33 años, titular de la cédula de identidad Nº V-20.570.818, fecha de nacimiento 02-11-1989, de profesión u oficio trabajo de Chofer, domiciliado en la carretera Falcón Zulia, Via la Precinca, Sector El Brasil, en Estado Falcón, teléfono: 0268-511-0204- 0414-684-0620, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL A TITULO DE DOLO EVENTUAL, previsto y sancionados en los artículos 406 del Código Penal en relación al articulo 61 ejusdem en perjuicio de ROMER JOSE LUGO SIL.....