Por los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cobro de bolívares por intimación promovida por el abogado CESAR CURIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 748.039, actuando como endosatario en procuración al cobro del ciudadano Romanos Kabchi, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Caracas, titular de la cédula de identidad Nº 3.984.467 contra el Ciudadano Kenny Alberto Velásquez Brett, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.182.286, de este domicilio.
SEGUNDO: se condena al ciudadano Kenny Alberto Velásquez a pagar al ciudadano Romanos Kabchi, las siguientes cantidades: a) cien m.....