esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que la Ley le confiere declara: Inadmisible la recusación formulada por los Abogados Nadeska Torrealba, Cruz Graterol y Maria Elena Herrera, en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos Felipe Rojas Quero, José Isabel Pulgar, Jacinto Antonio Aldama, Miguel Ángel García, Gerson Ely Cuica Chirinos, Francisco Manuel Eurrola, Jimmy Enrique Medina, Uridis Antonio Rojas, Rubén Darío Rivero, Hermes Esteban Trejo Graterol y Carlos Luis Vargas Quero, planteada en el asunto IP11-P-2003-000056, contra el Abg. Naggy Richani Selman, quien regenta el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, extensión Punto Fijo.