este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere El Traslado al Penado IVAN ANTONIO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula N° 18.239.565, residenciado en Barrio Bolívar, Calle canaima Casa N 78-90; Valencia Estado Carabobo. de que sea trasladado desde el Internado Judicial de Falcón hasta la Cárcel de Tocorón, Estado Aragua; y por cuanto el Penado debe cumplir la Pena en la Cárcel antes mencionada, y encontrándose fuera de la jurisdicción de este Estado el referido centro penitenciario, se ordena Exhortar a los Jueces de Ejecución competentes del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 481 en concordancia con lo preceptuado en el Artículo 479, Ordinal 3°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, remítase Copia Certificada del presente auto, del Computo Lega.....