Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Tercero de Control del éste Circuito Judicial Penal, con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de la lógica, y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de ley, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Se admite TOTALMENTE la acusación interpuesta por el la Fiscalia Séptima del Ministerio Público en contra de los acusados KARINA JOSEFINA TELLERIA VENTURA, KATINA ALBERISA CUAURO, WILFREDO JOSE URBINA POLANCO por el delito ADQUISICION DE DIVISAS MEDIANTE ENGAÑO previsto y sancionado en el articulo 16 de la ley del régimen cambiario y sus ilícitos en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Segundo: Se admiten todas las pruebas por legales, lícitas, pertinentes y necesarias ofrecidas por la Fiscalia Séptima del Ministerio Publico. Seguidamente el ciudadano Juez, admitida la acusación fiscal, le informa a los acusad.....