Por todos los argumentos y consideraciones explanadas, Este Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Con lugar lo solicitado por al ministerio Publico en contra el ciudadano RAMON EDUARDO PAZ , la medida cautelar de presentación cada 45 días por ante este Tribunal establecidos en el Articulo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se decreta el procedimiento ordinario. TERCERO: Se ordena librar la boleta de libertad. Se Ordena que se remita mediante oficio a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público en su oportunidad legal. Cúmplase. Publíquese, regístrese y notifíquense a las partes de la presente decisión.
LA JUEZA QUINTA DE CONTROL
ABG. MARIALBI ORDOÑEZ RAMIREZ
EL SECRETARIO
ABG. VICTOR ACOSTA
Resoluci.....