este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo dispuesto en el primer ordinal del artículo 256del Código orgánico procesal penal, Decreta: Medida Cautelar de privación judicial preventiva de Libertad en contra del Ciudadano YOJANNIER JOSÉ MOLLEDA MEDINA, venezolano, soltero, de 21 años de edad, estudiante, titular de la Cédula de identidad N° 21.448.628 y domiciliado en la Urbanización los médanos, manzana D, vereda D, casa D-68, Coro, Estado Falcón por considerar que el mismo es autor o partícipe en la comisión del delito de Distribución menor de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 31 Segundo Aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. El procedimiento se regirá por las reglas del procedimiento ordinario, conforme lo ha solicitado el Ministerio.....