En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por el abogado Olimpio Noroño Torres, en su carácter de apoderado de la ciudadana MARIA OBDULIA MEDINA DE LOPEZ, contra la sentencia, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 02 de mayo de 1.989, mediante la cual declaró sin lugar la demanda que por nulidad de venta de los fundos ¿Los Taques y Pozo Largo¿, situados en la parroquia Aracua del municipio Bolívar del estado Falcón, intentara la apelante contra los ciudadanos ROBERTO ANTONIO LOPEZ y CARMEN SANCHEZ DE LOPEZ, decisión que se revoca.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara la nulidad absoluta de la venta del f.....