esta Corte de Apelaciones en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara; SE ADMITE, el recurso de revisión interpuesto por el penado el ciudadano CESAR JAVIER NARANJO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad V-11.767.298, en su condición de condenado, por la comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE a cumplir una pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal, Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, del estado Falcón, extensión Punto Fijo, por el procedimiento por admisión de los hechos, previsto en el derogado artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, más las penas accesorias de ley. Se fija a las 10:30 AM horas de la MAÑANA, del día 15 DE DICIEMBRE 2015, para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública para la vista del recurso en la Sala de Audiencias de esta Alzada.....