Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo del municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EXTINGUIDO LA INSTANCIA, en el presente asunto signado con el Nro. 0680, contentivo del procedimiento por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesto por ANYES COROMOTO ZAPATA venezolana, mayor de edad, Cédula de Identidad Nº 9. 515.314, y de este domicilio. Contra del Ciudadano: AGUEDO RAMON GOMEZ venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nro. 5.293.898, domiciliado en esta Ciudad de Coro Estado Falcón. Y ASI SE DECIDE