Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano JOSE MANUEL SEMECO PETIT, de nacionalidad venezolana, natural Punto Fijo, Estado Falcón, fecha de nacimiento 17-09-1985, de 28 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 19.441.502, de ocupación u oficio obrero, hijo de Pedro Semeco y de Amada Petit , Domiciliado en Sector Bolivar, calle Miranda al lado de la bloquera, la Privación Judicial Preventiva de la Libertad, de conformidad con lo establecido en los Artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los Delitos de ROBO AGR.....