este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta: Se impone medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a RODRIGUEZ JOSÉ GREGORIO, venezolano, de 42 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.587.984, con domicilio en el sector las huertas, calle entrada a cadafe, casa de cerca de color blanco, con portón metálico corredizo de color blanco, al lado de poste de alumbrado eléctrico T-341.350, a tres casas de importadora los ruices, Coro, estado Falcón por la presunta comisión del delito de Desvalijamiento de vehículos automotores, previsto y sancionado en el Artículo 3 de la Ley sobre hurto y robo de vehículos automotores y Circulación de moneda falsa, previsto y sancionado en el artículo 300 del Código penal vigente, medida cautelar esta de la prevista en el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico procesal penal, consistente en arresto d.....