Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA; PRIMERO: Se admite la presente QUERELLA, interpuesta por el ciudadano LEHISBER PIRE, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.979.532, asistido por el ciudadano WILL RONALD MONTES CHIRINOS, de nacionalidad venezolana, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 187.789, titular de la cédula de identidad N° 11.137.908, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 278 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se confiere al ciudadano LEHISBER PIRE, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.979.532, la condición de PARTE QUERELLANTE. Se ordena notificar de la presente decisión al Fiscal Primero del Ministerio Público del estado Falcón, .....