En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 937, del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, de la ciudadana: ALICIA ROSALIA NICOLIELLO FRANCO, (Difunta), quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 5.248.258; de estado civil casada, quien estuvo domiciliada en la Calle Páez, esquina Independencia Sector La Milagrosa casa s/n de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, quien murió ab-instestato, en la carretera 8 con 15 y 16 frente a los Rieles de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, el dia 16 de Octubre de 2011; al ciudadano: RAMON ORLANDO RODRIGUEZ. Entréguesele el presente Original a los interesados, fórmese expediente con la copia certificada .....