este Juzgado Segundo del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEFENSA PERENTORIA DE FONDO RELATIVA A LA PRESCRPCION DE LA ACCIÓN
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de CONCEPTOS DERIVADOS DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, incoada por el Ciudadano ROBINSÓN JOSÉ LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.802.257, domiciliado en la Ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, contra la Empresa PESQUERA SAN LORENZO C.A; y condena a la demandada a pagar a la parte actora los siguientes montos: A) 90 días de salario a razón de QUINIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 550,oo); y que asciende a la suma de CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 49.500,oo); B) 90 días de salario a razón de QUINIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 550,oo) prevista en el artículo 666, literal "b" de la Ley Orgánica del Trab.....