Con base en el criterio anteriormente transcrito, es obligatorio para esta Alzada solicitar al Juzgado de Primera Instancia en Funciones de SEGUNDO DE CONTROL de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, la remisión de la decisión impugnada por los Defensores Privados, en su escrito recursivo.
De igual forma, considera esta Corte de Apelaciones necesario llamar la atención al Juez de Primera Instancia en Funciones de SEGUNDO de Control, de este Circuito Judicial Penal Extensión Punto Fijo, en el sentido de que dicho Juzgado de manera reiterativa ha incurrido en la omisión de remitir a esta Alzada los recaudos necesarios que sustentan la pronta tramitación y oportuna respuesta en el sagrado deber de administrar justicia, razón por la cual se le insta a cumplir con ese deber, remitiendo los mismos en el tiempo y forma prevista, a los fines de garantizar una justicia eficaz, celera, cónsona que con las exigencias del texto constitucional. Oficíese lo conducente.
Dada, firma.....