Por lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: Declara sin lugar la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico y se decreta medidas cautelares de conformidad 242 numeral 3° y 4° del Código Orgánico Procesal penal, consistentes en la presentación al Tribunal cada 8 días, y la Prohibición salida de la península de Paraguaná, al ciudadano JHONNY JESUS REYES MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-15.141.057, de 36 años de edad, fecha de nacimiento 02-04-1977, estado civil soltero, grado de instrucción académica 3er año bachillerato, profesión u oficio obrero, hijo de Magdalena Reyes y Ada Medina y residenciado en: Sector creolandia, barrio el Cardonal calle Bolívar de esta ciudad de Punto Fijo, teléfono (no posee), por la presunta comisión de los delit.....