este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano: OSCAR JAVIER MORALES ANZOLA, venezolano, natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, de 24 años de edad, soltero, de oficio indefinido, nacido el día 28-01-80, Titular de la cédula de identidad N° 17.255.254, hijo de Oscar Morales (V) con Ana Gregarios Anzola (V), residenciado en el sector las Viviendas Las lagunitas, casa N° 06, Boca de Aroa Estado Falcón, a quien de le imputa la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal. Notifíquese de la presente decisión al Fiscal Quinto del Ministerio Público y líbrese la respectiva Orden de Aprehensión dirigida a tod.....