En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por Fiscalía Séptima del Ministerio Público, en contra del acusado WILMER RAMON CHIRINOS PIÑA, por la presunta comisión del delito de CORRUPCION PASIVA PROPIA AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 62 Cardinal 1 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, SEGUNDO: Se Admite todos y cada uno de los medios de prueba que fueron presentados por el Ministerio Público y por la defensa, por considerar que los mismos resultan útiles, lícitos, necesarios y pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 181, 182, 183 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal, declara sin lugar la solicitud de nulidad de la defensa de la nulidad de la cadena por las razones ante.....