DECISIÓN
Verificados como han sido los requisitos establecidos en la norma adjetiva penal, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda conforme a lo previsto en el artículo 45, 48.7 y 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal, la EXTINCION DE LA ACCION PENAL y por ende EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa que se instruye en contra del ciudadano HÉCTOR BALBINO QUESADA ESPINOZA, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 5.751.568 de 52 años de edad, nacido en fecha 22-03-58, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Administrador, hijo de Francisco Quesada (+) y Ángeles Isabel Espinoza de Quesada (+), natural de Punto Fijo, Estado Falcón y residenciado en la Urbanización Zarabón Avenida 3, Casa Nº 8-2, Teléfono 0414 6945015, antes de llegar a la Redoma frente al Club Miramar, .....