este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a YORDANIS DOMINGO MARTINEZ CORDERO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.520.472, venezolano, de 31 años de edad, nacido en fecha 24-09-1985 y natural de esta ciudad de Coro, Domiciliado en TaraTara, calle principal, casa S/N, punto de referencia: a 2 calles del museo Taima Taima, Municipio Colina, del estado Falcón, teléfono: 0268-757-0400 (de su progenitora), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE CÓMPLICE NECESARIO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal en concatenado con el artículo 83 eiusdem, y ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, todo ello en perjuicio de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE VALOR.....