este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a GUILLERMO JOSE COLINA, Venezolano, titular de la cédula de identidad V- 18.768.955, mayor de edad, nació en Coro, el 15-05-1987, de 22 años, residenciado en la urbanización la velita dos, calle 20, vereda 30, casa numero 04, frente al abasto el camarón, de esta Ciudad de Coro estado Falcón, sin número de teléfono, actualmente sometido a arresto domiciliario, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES de prisión, más las accesorias de ley Previstas en el artículo 16 del Código Penal Vigente, por la comisión del delito de DISTRIBUCION MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, de conformidad con lo esta.....