Por los fundamentos de hecho y de derecho expresados en audiencia oral y pública ante las partes en el presente asunto signado con el número IP11-P-2003-000118, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Segundo de Juicio, constituido de manera Mixta, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA POR UNANIMIDAD ABSUELTO al ciudadano ROBERTH JOSE JIMENEZ AÑEZ, Venezolano, soltero, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad 17.136.162, de profesión u oficio electricista o albañil, domiciliado en Domingo Hurtado, calle José Curiel, casa 60, Punto Fijo; hijo de Juan Jiménez, y Ana Rosalía García Añez, por la comisión de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 de Código Penal en perjuicio de las ciudadanas LEXIS EMINOLA BUENO y EGLLE GABRIELA DÁVILA, ordenándose la libertad del ciudadano desde la Sala de Audiencias, con el compromiso de que debe compa.....