Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: Se ACUERDA la Libertad del Ciudadano VICTOR RAMON VARGAS RODRIGUEZ, Venezolano, natural de la población de La Vela de Coro, Estado Falcón, de estado civil Soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.417.789 y residenciado en la calle Nueva, casa sin número, de la Vela de Coro, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTECIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal Venezolano, perpetrado en perjuicio del ciudadano ARGENIS ANTONIO HERRERA, BAJO LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO 256, ORDINALES 3° Y 4°, consistentes en presentación por ante este Tribunal, cada ocho (8) días y la prohibición de salida del Estado Falcón sin la Autorización expresa por escrito de este Tribunal, alertándolo.....