este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se ADMITE totalmente la acusación interpuesta por la Fiscalía 21° del Ministerio Público en contra de la ciudadana: YESIREE GEORGINA MORILLO MEDINA, venezolano, mayor de edad, de 30 años, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.617.987, nacida en fecha 01-12-1986, de profesión u oficio: ama de casa, soltera, residenciada en el Barrio Cruz Verde, calle Colombia, casa 84-A, a una cuadra de la Escuela Básica Georgina de Arias, Coro, estado Falcón, teléfono: 0426-424-9951, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE SUMINISTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, concatenado con el numeral 9 del.....