En suma y con fundamento en las razones que preceden, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: El SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del Ciudadano GEAN CARLOS CARRASQUERO GUTIERREZ, Venezolano, mayor de edad, nació el 13-07-1993, 19 años de edad, soltero, vigilante, residenciado en Urbanización Independencia calle 1 casa numero 3, de esta ciudad de Coro Estado Falcón, titular de la cédula de identidad V-23.680.972, teléfono 0426-2642531 (PASTOR DE LA IGLESIA), a quien le fue decretada Privación Judicial Preventiva de Libertad en fecha 23 de Octubre del año que discurre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE SUMINISTRO AGRAVADO previsto y sancionado en el Articulo 149 segundo aparte concatenado con el articulo 163 numeral 9° de l.....