Este TRIBUNAL PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que la decujus, MARIA MARGARITA CHIRINO, falleció Ab-intestato en fecha 06 de Mayo de 2010, como consta del acta de defunción expedida por la Registradora Civil de la Parroquia San Gabriel del Municipio Autónomo Miranda del Estado Falcón, DECLARA COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de la mencionada decujus MARIA MARGARITA CHIRINO, a la ciudadana RAIMUNDA CHIRINOS DE PETIT, venezolana, mayor de edad, casada, oficios del hogar, titular de la cedula de identidad Nº 2.368.942, domiciliada en la calle Purureche, casa Nº 29-119, sect.....