Por lo que en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón extensión Punto Fijo DECRETA: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ordinal tercero, consistente en la presentación cada veinticinco días por ante el Tribunal al ciudadano RONAL ALBERTO MADRID AMAYA, venezolano, nacido en fecha: 28-01-1960, edad: 45 años, cédula de identidad 5587387, estado civil: soltero, grado de instrucción: segundo año, domiciliado en Tiraya, Sector Subure, casa La Chula, calle Principal, oficio: comerciante, hijo de Rómulo Madrid López y Aura Amaya, por la presunta comisión del delito de TENTATIVA DE HURTO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, contemplado en el artículo 4 de la LEY SOBRE HURTO Y ROBO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, Se decreta el Procedimiento ordinario. Notifíquese a las .....