Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando conforme a lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano NICOMEDE ANTONIO LOAIZA GARCIA, venezolano, nacido en fecha: 07-01-1983, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.592.010, de Estado Civil: soltero, Grado de Instrucción: bachiller, domiciliado Antiguo Aeropuerto sector 3, calle 8, vereda 25, casa Nº 12 a dos casas de la Iglesia, teléfono: 04146954063, de Profesión u Oficio: operador de planta, hijo de Otilia Cambar y de José González; a cumplir la pena de de DOS (2) AÑOS DE PRISION mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en artículo 277 del CODIGO PENAL VENEZOLANO, e.....