Por todo lo antes expuesto este tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del presente asunto POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, instruida en contra del ciudadano: RONALD EMILIO HERRERA CUMARE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° V-6. 727.159, domiciliado en la Calle principal de Cujicana, Punto Fijo, Estado Falcón, por la comisión de los delitos de: ESTAFA, FALSEDAD DE LOS ACTOS Y DOCUMENTOS , figuras estas previstas y sancionadas en los artículos 453 y 322 del código penal venezolano, en perjuicio del ciudadano: YOEL DAVID SALAZAR ALVAREZ, se extingue la Acción Penal por Prescripción de conformidad con los artículos 108 ordinal 5° del Código Penal Venezolano; artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se Decide. Notifíquese a las .....