Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del que el ciudadano WILL RAFAEL PADILLA, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.528.182, nacido en fecha 19-04-1961, de 51 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio ayudante de Albañilería, grado de instrucción académica Sexto grado de nivel primaria, Hijo de Julia Padilla y Osmundo Gotopo (+), y residenciada en: Calle Primero de Mayo, Sector 23 de enero, casa Nº 48, Punto Fijo estado Falcón consistente en SEIS (06) MESES Y CUATRO (04) DIAS, de trabajo y estudio realizados en la Comunidad Penitenciaria de la Ciudad de Coro, estado Falcón, todas avaladas la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de .....