Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud interpuesta por el Defensor Público Abogado EDER HERNANDEZ actuando en representación de la ciudadana ZORELID MAGALYS COLINA, quien es venezolana, de 35 años de edad, de profesión Indefinida, titular de la Cédula de Identidad No.10.705.921, fecha de nacimiento 14-11-70, residenciado en la Calle Sur, entre Silva y Federación, casa N° 43, Sector Monte Verde, de esta ciudad de Coro del Estado Falcón, a quien se le sigue asunto penal N° IP01-P-2005-007211, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS de fijar un plazo prudencial en el presente asunto, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. .....