En virtud de las consideraciones que preceden, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda por concepto de divorcio contencioso, fundamentada en el ordinal 2° del artículo 185-A del Código Civil, incoada por la ciudadana Katiuska Isabel Piazzolla Velázquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.802.793, domiciliada en la Calle Los Chaguaramos, quinta S/N, al lado de la Quinta Rebeca con casa de por medio, Urbanización Santa Fe, municipio Carirubana del estado Falcón, debidamente asistida por los abogados José Amalio Graterol Jatar, Aura Lisbeth Gotopo De Foti y Yurjes Katherin Rodríguez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 7258, 188.601 y 190.358, respectivamente, en contra del ciudadano Vladimir José Irausquin Rimer, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.801.5.....