este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que la ciudadana BERTHA MARGARITA RUA de COLINA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-3.679.006; falleció Ab-intestato en fecha: Trece (13) de Agosto de 2009, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a al ciudadano JORGE JOSÈ COLINA MATIZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-3.362.188, en su condición de cónyuge, y a su hijo, ciudadano: JORGE .....