Por consiguiente este Órgano Jurisdiccional en funciones de Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta al ciudadano: JUNIOR JOSE RUIZ OSECHAS, no porta documentación personal, venezolano, natural Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 03/06/86, de 22 años de edad, cédula de identidad Nº 20.744.339, estado civil Soltero, grado de instrucción: Cuarto Grado, de Oficio Albañil, hijo de Elba Osechas, domiciliado en Punta Cardón, Calle 1, Casa Nº 8, de color Azul con Blanco, al lado de la Licorería Cañerua, Punta Cardón, Estado Falcón, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. LA PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD por la presunta comisión del Delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el Artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se Decreta la Detención e.....