En razón de todas las anteriores consideraciones de hecho y de derecho, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA que el monto justo a percibir por la Abogada Grace Rodríguez de González, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-8.842.832, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 48.662, con domicilio en la ciudad de Valencia, estado Carabobo por sus actuaciones llevadas a cabo en su condición de Defensora Privada de los ciudadanos Emiliano Fernández, de nacionalidad española, con cédula de identidad N° E-805.34, Gennaro Tagliaferri Santonastaso y José Manuel Vigil Moreno, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nº V-13.045.065 y Nº V-7.101.606, respectivamente, quienes fueran acusados en la causa signada U-250-2011, la cual cursó por ante el Tribunal Único de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial el estado Falcón, Extensión Tucacas, en Función de Juicio .....