Por los argumentos que preceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Nuevo como para el Régimen Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA a la parte accionante ciudadano LUIS MANUEL GONZALEZ RIERA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cedula de identidad No 9.517.558, con domicilio Procesal en la Calle Palmasola, entre Federación y Calle Colon, Edificio ÀNGELA, procuraduría de Trabajadores, Planta baja, Santa Ana de Coro Estado Falcón, por si o por medio de sus apoderados judiciales, lo siguiente:
PRIMERO: Subsane, la solicitud de Acción de Amparo Constitucional por no llenar los requisitos exigidos en el artículo 18 Numerales 5º y 6º, de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a fin de que indiquen con cl.....