Por las consideraciones anteriormente expuestas. Este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control, administrando justicia en nombre de la republica de Venezuela y por autoridad de la ley otorga LA MEDIDA DE PROTECCION, de APOSTAMIENTO POLICIAL, a la ciudadana: RAIZA ANGELICA MAVAREZ DE ACOSTA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 10.597.679, con domicilio en la Avenida Ramón Antonio Medina, Urbanización "VILLA ROSALEDA", Edificio ROSAL PLAZA, Apartamento 13°, Planta Baja de esta ciudad de Coro, Estado Falcón, y se acuerda remitir comunicación al Ciudadano Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, a los Fines de la Realización de las Labores de Seguridad en la Residencia de la Prenombrada Ciudadana, para garantizar el estricto cumplimiento de lo acordado. A tenor con lo previsto en los artículos 30 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 118 y 182 del Código Orgánico procesa.....