este Tribunal Primero de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Responsable Penalmente, al adolescente IDENTIDADN OMITIDA, venezolano, de 17 años de edad, fecha de nacimiento 26-11-1997, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 26.626.598, soltero, de ocupación u oficio estudiante, domiciliado en la Calle Iturbe con Calle Margarita, Casa S/N, de color amarillo con portón negro al final del Callejón que esta, frente al deposito de la Polar de la Ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, Teléfonos: 0268-2524269 (casa de habitación); 0426-4225151 (imputado); 0414-0587337 (hermana Ines flores), por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DE HURTOY ROBO DE VEHICULOS, tipificado en el Artículo 9 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLAN.....