En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara sin lugar la solicitud de la Representante del Ministerio Público. SEGUNDO: Se ordena la inmediata libertad del ciudadano RENE JOSE CORDOVA ACOSTA, venezolano, soltero, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.733.930, fecha de nacimiento 04/01/1975 y domiciliado en la Urbanización Arístides Calvanis, casa N° 20, del Municipio Miranda del Estado Falcón. Regístrese, publíquese. Notifíquese y remítase el expediente al Ministerio Público.