Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA PÚBLICA. SEGUNDO: FIJA UN PLAZO PRUDENCIAL a la FISCALIA 2° DEL MINISTERIO PÚBLICO, CONSISTENTE EN TREINTA (30) DÍAS DE PLAZO a los fines de que concluya con la investigación seguida a los ciudadanos NICOLAS JOSÉ ROMERO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.581.140, MILLANGELA DEL CARMEN TORRES PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.1750.721, ELAN GABRIEL PETIT BLANCO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.617.599, y el JOSÉ DOLORES BLANCO ROMERO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.139.476,