En consecuencia éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le Confiere la Ley, acuerda de conformidad con lo solicitado a Desestimar la denuncia interpuesta por el ciudadano JULIO CESAR VILLAVICENCIO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 14.801.677, soltero, de oficio barbero, residenciado en el Barrio La Rosa, Calle Falcón, Casa N° 16, de color rosado, Punto Fijo Estado Falcón; en fecha 11 de Noviembre del año 2005, ante la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Publico, en contra de los ciudadanos EMILIA HERNANDEZ, NAEROBIS MAVAREZ Y ALEXIS MAVAREZ, en virtud de que los hechos plasmados en ella pertenecen indudablemente a un tipo penal sustantivo de instancia privada, a tenor de lo preceptuado en el único aparte del articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, y Así Se Decide. Se ordena la remisión de todas las actuaciones contentivas del pr.....