éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal Extensión Punto Fijo del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITIR la querella propuesta por el ciudadano: GHANEM GHARSEDDINE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N°. V-13.688.358, con domicilio en la Avenida Bolívar entre Calle Garcés y Calle Mariño, local Comercial denominado ¿Pasaje Centro¿ Punto Fijo Municipio Carirubana. Estado Falcón., y asistidos debidamente en éste acto por el abogado en ejercicio WILLIAM RAFAEL SALAZAR ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.69.088, titular de la cédula de identidad N°. V-03.393.160, en contra del ciudadano: GHASSAN ALFIL, venezolano, mayor de edad, de nacionalidad Siria titular de la cédula personal N° E-82.090.320, domiciliado en el Conjunto Residencial ¿Los Claveles¿ Torre ¿B¿, Apartamento 214, de la Urbanización Santa Irene, de la ciudad de Punto Fijo Est.....