En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Roberto C. Leañez D., en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN MACUARE, C.A., mediante diligencia de fecha 26 de junio de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 25 de junio de 2015, dictado por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con motivo del juicio de ACCIÓN DE DAÑO EMERGENTE Y DAÑO MORAL DERIVADOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE CONSTRUCTOR-VENDEDOR, contra la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN MACURE, C.A.
TERCERO: Se condena en costa a la parte demandada, de conformidad con el artículo 281 del .....