esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado FELIX DANIEL SALAS DIAZ, Fiscal Provisorio Vigésimo Tercero del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, contra auto dictado en fecha 16 de mayo de 2016, y publicado en fecha 11 de agosto de 2016, por el referido Juzgado, mediante el cual declaró admitir parcialmente con lugar la acusación fiscal, desestimando el delito de ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, condenando por el procedimiento de admisión de los hechos, al ciudadano CESAR ANDRES OTERO VALERA, a la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO PROVENIENTE DE HURTO O ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, y al ciudad.....