En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este TRIBUNAL QUINTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL ESTADO FALCÓN, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL. SEGUNDO: ORDENAR JUDICIALMENTE LA ENTRADA y EL REGISTRO, conforme a los artículos 196 y 197 del Código Orgánico Procesal Penal, a la siguiente dirección: 1) BARRIO SAN JOSE, CALLE PRINCIPAL, CASA DE COLOR BLANCA, FRENTE A LA ESCUELA CARLOTA DE CASTRO, CORO MUNICIPIO MIRANDA, ESTADO FALCON, lugar donde residen los ciudadanos EDUARDO ANTONIO GOMEZ AREVALO, titular de la cedula de identidad Nº V-24.624.994, apodado EL GUAYO y YEHYZON RAFAEL YANEZ ODUVER, titular de la cedula de identidad Nº V.-24.351,117, apodado EL ÑAÑITO, conforme a los artículos 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, con el fin de localizar en el interior de los inmuebles descritos armas de fuego, municiones y cualquier otra evidencia de interés criminalistica que guarde relació.....