Este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud Fiscal, en relación al adolescente JOHANDRI JOSE PEÑA PEÑA, antes identificado, y en consecuencia se le impone la medida de detención preventiva de libertad, prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estableciéndose como sitio de reclusión, la Casa de Formación Para Varones, que funciona actualmente en la sede de la Policia de Falcón, a quién se ordena oficiar, a los fines de que sea recibido en calidad de detenido, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, tipificados en los artículos 458 y 277 del Código Penal Vigent.....