Por las razones antes expuestas, Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente; y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO, solicitado por los Ciudadanos; CASTOR JOSE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nro. 742.597, Medico Oftalmólogo, domiciliado en esta Ciudad de Coro Municipio Miranda del Estado Falcón, debidamente asistido por la Abogada LOURDES LOPEZ GONZALEZ, inscrita en el I.P.S.A BAJO el Nro. 39.912, junto con dicha abogada quien actúa en nombre y representación de la Ciudadana DAYSI ELIZABETH ESCOBAR DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nro. 3.098.166.....